El peritaje informático
La mayoría de los jueces no tienen formación especializada en tecnología. Por ello, para saber si una prueba tecnológica es válida en un procedimiento judicial, y que los abogados puedan contar con esas pruebas para presentarlas en un juicio, se recurre al trabajo de un perito informático judicial.
Los peritos informáticos son profesionales que dan soporte a particulares, empresas u organizaciones a la hora de presentar pruebas tecnológicas ante un tribunal.
También, se ocupan de analizar la veracidad de pruebas y exponerlas de forma clara y sencilla para que puedan ser comprendidas por un juez, y con ello hacer posible que se resuelvan casos judiciales en los que se requiera el análisis de pruebas informáticas.
Presentación ante los tribunales
A nivel teórico, es el artículo 335.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil quien dicta que “cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal“.
Es decir, el perito informático se encarga de extraer información de dispositivos electrónicos con el objetivo de realizar análisis forenses, analizar las pruebas, extraer conclusiones y elaborar los informes pertinentes en base a dicha investigación, para su posterior presentación ante un tribunal.
¿Cuándo es necesario un peritaje informático?
El peritaje informático será necesario cuando se sospeche o se tenga la certeza de que se ha producido un uso inadecuado de la tecnología, se ha producido una brecha de seguridad en un sistema informático, o de que los soportes informáticos han sido el vehículo para la constitución de un delito.
Por ejemplo en casos de:
- Espionaje industrial. (Robo de información, eliminación de documentos, etc.)
- Revelación de secretos o violación de la propiedad industrial.
- Delitos contra la propiedad intelectual.
- Intromisiones ilegítimas en la intimidad de la persona. (Software de monitorización, programas espía, etc.)
- Competencia desleal por parte de un empleado. (Empresas paralelas, robo de bases de datos de clientes, etc.,)
- Despidos por uso inadecuado de la tecnología. (Robo de información, eliminación de documentos, etc.)
- Interceptación de comunicaciones. (Software de monitorización, programas espía, etc.)
- Valoración de bienes o productos tecnológicos. (Cierre de sociedades, desacuerdo entre socios, etc.)
- Accesos ilegales a documentos o ficheros de la empresa. (Robo de información, eliminación de documentos, etc.)
- Protección de datos personales sensibles o datos jurídicos.
- Difusión de datos privados o reservados. (Acoso, extorsión, etc.)
- Acceso o manipulación ilegítima de software. (Ataques informáticos, sabotaje, etc.)
- Uso ilegítimo de servidores, redes o sistemas informáticos.
- Delitos contra los consumidores o el mercado realizados a través de medios informáticos.
- Daños en equipos informáticos provocados por un uso abusivo.
- Delitos económicos realizados a través de medios informáticos.
- Copia y distribución de programas sin licencia (piratería).
- Estafas y fraudes a través de soportes digitales.
- Posesión o divulgación de pornografía infantil.
Para mas información, póngase en contacto con nosotros a través de nuestro formulario o en el teléfono 626 00 81 85.
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