Legislación e Informática Forense

Legislación e informática forense.

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LEGISLACIÓN E INFORMÁTICA FORENSE

En muchos países como en España, los códigos penales, no habían contemplado hasta ahora, una legislación para la informática forense, por un solo motivo, cuando se crearon, no existía esa.

El desarrollo de las tecnologías y el avance que ha dado en tan pocos años, han hecho la necesidad de buscar una vía, para poder juzgar casos donde existían, un claro delito. De ahí, nacieron los delitos informáticos.

Estos son los que se desarrollan a partir de una actividad ilícita efectuada o hecha, a partir, de la utilización de dispositivos tecnológicos como móviles, ordenadores, portátiles, internet, televisiones, consolas, navegadores como GPS…Es decir, hasta aparatos que estén conectados a la web.

LEGISLACIÓN E INFORMÁTICA FORENSE
LEGISLACIÓN E INFORMÁTICA FORENSE

La legislación, prevé delitos contra la privacidad, el espionaje, robo, suplantación de la personalidad, estafas, falsificaciones, malversación, manipulación de dispositivos, daños o modificaciones de programas de datos o archivos…

La Organización de Naciones Unidas, reconoce y distingue dos actores o sujetos, que se encuentran dentro del delito, en sí; el activo y el pasivo. El primero es el que comete el delito informático y el segundo, la víctima del delito.

En España se reconoce esto, con la Ley Orgánica de delitos informáticos y con las modificaciones que se han ido haciendo, a lo largo de estos años, con las revisiones del código penal.

Otro cuerpo legislativo, que poseemos en nuestro país y complementa los delitos penales que engloban a los delitos informáticos y que, además, regula de una forma más concreta la información; es la Ley de Servicios para la Sociedad de la información y el comercio electrónico, junto a la Protección de datos o al Ley general de telecomunicaciones.

Todos aquellos expertos en informática forense, deben conocer el marco jurídico; en Indicios, detectives  Madrid, nuestros profesionales siempre tienen presente estas leyes.

El ordenamiento jurídico, sabe y es conocedor, que actualmente, existe una facilidad para comerte este tipo de delitos; solo se necesita un ordenador u otro dispositivo y saber un poco de informática.

A partir de ahí, la imaginación y la habilidad de la persona, que comete dicho delito, es lo único que le separa de sus presas. Debemos tener en cuenta, que con las nuevas tecnologías, la comisión del delito, puede venir desde la casa del sujeto hasta un cibercafé o en su puesto de trabajo.

El anonimato, es lo que más atrae a los criminales, saben que por medio de internet, pueden suplantar personalidades, crear webs que aparezcan oficiales o cambiar proxys, para no ser descubierto su rastro…

Todo un mundo nuevo para el mundo de los delincuentes. E incluso, es más fácil y cómodo, que realizar otros delitos; como por ejemplo, robar un banco, que supone trasladarte, ponerte ante las cámaras de seguridad, anquen estés bien disfrazado, hablar con los empleados y darte a la fuga.

Un ciberdelincuente, puede robar ese mismo banco, solo que desde su casa y con un solo instrumento; el ordenador.

La única forma de poder luchar contra esto, es con la informática forense, la cual puede darnos la forma correcta de rastrear las direcciones de esos dispositivos y así llegar hasta el o los responsables.

Si usted necesita ayuda de los mejores profesionales de este medio, en Indicios, detectives en Madrid, podrá encontrarlos; se hallara en las mejores manos y obtendrá, las pruebas necesarias, para acudir a los tribunales y terminar con la situación que está viviendo.

Indicios-Agencia de detectives privados en Madrid.

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D. Eduardo García de la Beldad Sanchis

Experto Universitario en Análisis Forense Web y Redes Sociales en Ciberseguridad y Peritaje Informático Judicial, en Derecho Informático y Peritaciones Judiciales, en Hacking Ético de Sistemas y Redes de la UDIMA. Experto Universitario en Delegado de Protección de Datos LOPD. Master en Informática Forense y Delitos Informáticos (UDIMA).

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